El Wuasapero del Norte

🗣️»ATENCIÒN EXTRANJEROS RESIDENTES EN PEDRO JUAN CABALLERO.»📢

👉La Dirección Nacional de Migraciones estará realizando el «MIGRA MOVIL» Equipo Móvil de Documentación para Extranjeros en Pedro Juan Caballero, en el local de la Gobernación del Departamento de Amambay (14 de Mayo entre Carlos A. López y Tte. Herrero), los días 31 de Marzo al 04 de Abril de 2025, de 08:00 a 16:00 horas.

✍️Que, la Ley 6984/22 de Migraciones, en sus Artículos 79 y 37, estipula:
ARTÍCULO 79. ATRIBUCIONES. Para el cabal ejercicio de sus funciones, la Dirección Nacional de Migraciones tendrá las siguientes atribuciones: Inciso 11° «Controlar de oficio o por denuncia la permanencia de las personas extranjeras en relación a su situación migratoria en el país».

✅ Inciso 20°. «Inspeccionar los lugares de alojamiento y trabajo de extranjeros y de instituciones educativas, a fin de registrar posibles infracciones relacionadas con la categoría migratoria de los extranjeros. » Inciso 21° «Aplicar las sanciones que correspondan a los infractores de las normas migratorias previstas en la Ley y cobrar las multas que correspondan». ARTÍCULO 37. INGRESO IRREGULAR.

📌El ingreso de un extranjero al territorio nacional será considerado irregular en los siguientes casos: 4° «Cuando ingresa incumpliendo las formalidades previstas en las leyes y reglamentaciones vigentes».
Obs: Se anexa Flayer con la información completa.

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